miércoles, 21 de diciembre de 2011

LA PRIMERA PAREJA GAY RECONOCIDA EN ECUADOR.

XAVIER Y TYLER
LA PRIMERA PAREJA GAY RECONOCIDA EN ECUADOR.




LEGALMENTE UNIDOS.
Se conocieron en los años noventa en Estados  Unidos cuando Xavier estudiaba su maestría en Nueva York y, luego de formalizar su unión civil en Vermont en 2005, decidieron vivir en Ecuador. Tyler era estadounidense mientras que Xavier era ecuatoriano, por lo que al terminar su maestría no podía seguir viviendo en Estados Unidos.
Tyler no quería separarse de su pareja y como podía aplicar una visa ecuatoriana, decidió dejar su hogar para radicarse en Ecuador junto a Xavier.
Al ser una pareja homosexual las posibilidades de que sus derechos fuesen reconocidos eran mínimos en ese año, pues Tyler no tenía una visa de dependiente familiar ( amparo) ya que las parejas del mismo sexo no eran consideradas como un tipo de familia. Más adelante Xavier empezó a trabajar en un organismo internacional contando con un seguro de salud, el cual no incluía cobertura para su pareja homosexual, que en la práctica era su familiar más cercano. La razón dada por la seguradora era que en ese entonces a las parejas homosexuales no se les consideraba legalmente como familias. Xavier cuenta que “cuando él se quedó  sin trabajo,  no pudo acceder al seguro de salud de la empresa donde yo  trabajaba” (1)
Ellos vivían juntos cuando Xavier fue contratado en Ginebra por otro organismo internacional. En Suiza reconocían las uniones gays pero la unión civil que años atrás formalizaron en Vermont no les servía pues solo tenía efectos legales en ese estado, no a nivel federan en todo Estados Unido y por ende, tampoco en otros  países. Por su nuevo trabajo Xavier inevitablemente tenía que irse, pero Tyler, al ser estadounidense, no podía radicarse en Suiza por su estricta política migratoria, aunque es importante señalar que Tyler sí podía entrar en Suiza como turista, pero luego de tres meses ineludiblemente debía salir o arriesgarse a ser deportado. Entonces decidieron separarse al ser inevitable el distanciamiento físico.
Pero la historia no quedo allí, pues a pesar de que algunas parejas habían intentado sin éxito unirse aparados en la nueva Constitución ecuatoriana ( por que el Código Civil mantenía las uniones de hecho como heterosexuales), Tyler y Xavier, amparados con la aplicación directa de la Constitución, pudieron obtener el reconocimiento legal de su unión de hecho. Antes de su caso, al querer trabajar en estos temas en el mundo de los abogados se hablaba entre risas:
“Risas. Eso es lo que provoca en Ecuador, ingresar en una notaría y solicitar información sobre la unión de hecho entre personas del mismo sexo. Así lo comprobó la Hora en un recorrido por las notarías de Quito donde no encontró ninguna notaría que pueda aceptar el trámite” (2).
Los conocí justo entonces, cuando me contactaron porque su proyecto de vida dependía netamente de lograr esa unión de hecho. Tyler podría aplicar a la visa de dependiente familiar y quedarse con Xavier en Suiza.
Legalizaron su unión en la Notaría Séptima de Quito, el 12 de agosto del 2009, tas nueve años de “mantener” una relación estable y monogámica”: La razón fue simple, se unieron para fines legales prácticos. “prestamos bancarios, herencias, adquisición de propiedades, disminución de impuestos. Temas migratorios” (3), sosteniendo que al no poder unirse eran considerados como ciudadanos de segunda categoría, a pesar de que cumplían sus obligaciones y pagaban sus impuestos como cualquier oro ciudadano.
Eso era discriminación.
Actualmente viven en Suiza, pues ese país reconoció, los derechos migratorios de Tyler como compañero de Xavier. Es decir la primera unión de hecho en Ecuador surtió sus efectos internacionales en Suiza. Por eso, cuando ellos hablan de derechos humanos con otras parejas en Ginebra, su unión de hecho es como la carta de presentación de Ecuador, un país que tradicionalmente tuvo pocos avances en materia de derechos humanos frente a los países de la región, pero que ha avanzado en este punto con más rapidez que otros países supuestamente más adelantados como Costa Rica o Chile.

Tyler, es estadounidense, afirmó en ese entonces que el tema de derechos humanos. La constitución es pionera al reconocer que cualquier ser humano puede unirse con otro ser humano” (4).
Así la historia de cómo se reconoció legalmente la primera pareja homosexual en Ecuador representa varias contradicciones y hechos inéditos. El reconocimiento constitucional frente a la necedad de los notarios que por homofobia reprimida no querían tramitar el reconocimiento no presentó el fin de la discriminación. Así mismo, Tyler a pesar de ser estadounidense carecía de reconocimiento legal a su unión de hecho por parte de su país de origen, y sin embargo eso sí lo logró en un país del sur llamado Ecuador. Xavier y Tyler sobrevivieron a la antítesis de luchar por un proyecto de vida juntos frente a un mundo que frecuentemente les cerró las puertas.
Esta es una historia de derechos humanos, de reconocer que todas las personas son iguales sin distinción alguna, de permitir la construcción proyectos de vida, de incluir a los entes discriminados. Una historia que permitió escribir mejores páginas en la historia de nuestro país.
(1)   Pedro Artieda “Uniones gays ya son legales”. Revista Vistazo. 28 de Septiembre 2009.
(2)   Cfr. V. Venegas, “Las notarias no unen a las parejas gays”. 15 de Junio del 2009, La Hora.
(3)   Ibdem. Pedro Artieda. Vistazo.
(4)   Ibdem. Pedro Artieda. Vistazo.
Por Andrés Buitrón.
Abogado y Activista de Derechos Humanos.

Tomado de Revista Max
El lugar Sin Límites
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CRONOLOGIA LEGAL EN CUANTO A DIVERSIDAD SEXUAL EN ECUADOR

CRONOLOGIA SOBRE LEYES A FAVOR DE LA DIVERSIDAD SEXUAL EN ECUADOR

1997. El Tribunal de Garantías Constitucionales despenalizó la homosexualidad del Código Penal ecuatoriano, al declarar la inconstitucionalidad del segundo inciso del artículo 516, que penalizaba la homosexualidad.
1998. La Asamblea Constitucional de Sangolquí, redactó y aprobó el artículo 23 sobre los Derechos y Garantías, en la cual el Estado garantizaba la no discriminación por orientación sexual, entre otros aspectos.  Sin embargo, durante los 10 siguientes años, el Congreso Nacional no legislo sobre el tema.
En Febrero del 2008 y basado en la Constitución de 1998, el Municipio de Quito aprobó y expidió la ordenanza Metropolitana # 240 de Inclusión de la diversidad sexual GLBT
en las políticas del Distrito Metropolitano de Quito
En 2008, la Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi incluyó alrededor de 40 a artículos referentes a garantía sin discriminación e igualdad de los cuales se destacan:
El artículo 11 numeral 2 del Capítulo de Derechos expone que nadie podrá ser discriminado por su identidad de género, orientación sexual y portar VIH, entre otros aspectos
El artículo 66, numeral 4, sobre el derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación; numeral 9 sobre el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre la sexualidad, la vida y la orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios necesarios para que estas decisiones se den en condiciones seguras.
El artículo 67, en que el Estado reconoce a la familia en sus diversos tipos. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y  oportunidades de sus integrantes. Esto a pesar de que , en su segundo párrafo, discrimina el tema de los matrimonios, restringiéndolos a un derecho solo de heterosexuales.
El articulo 68 manifiesta que: “La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio”. Circunstancia que fue parte de la propuesta de campaña del candidato Rafael Correa en 2006, como también de las organizaciones de mujeres del país. A pesar que en el segundo párrafo del artículo, discrimina el tema de las adopciones, restringiéndolas a un derecho solo de parejas heterosexuales.
En septiembre 28 del 2008, 7 de cada 10 ecuatorianos aprobaron esta Cosntitución garantista, denominada como un Canto a la Vida o la Constitución del Buen vivir “Sumak Kawsay”.
En el año 2009, la Comisión Legistlativa Especial (denominada “Congresillo”) aprobó una reforma al Código Penal Ecuatoriano, en cuyo artículo 445 se penaliza los crímenes de odio, entre los que se incluyen aquellos por homofobia, basándose en la constitución vigente, artículo 11.
El 28 de junio del 2011, el Gobierno Provincial de Guayas, emitió una resolución de antidiscriminación que incluye a los grupos vulnerables por su orientación sexual y que rige para toda la provincia. Se establece la creación de un Consejo de Igualdad, presidido por la vice prefectura y que compromete al Prefecto y Alcaldes/Alcaldesas a que aprueben las ordenanzas respectivas, en no más de 180 días.
La articulación de los colectivos de las personas lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersex ha permitido cambios en los siguientes momentos claves:
- Despenalización de la homosexualidad en 1997, conquista que fue producto del trabajo de una naciente organización de colectivos GLBTI, especialmente de la población trans.
- La inclusión de la no discriminación por orientación sexual en la constitución de 1998, destacándose la gestión de las feministas lesbianas.
- La gestión y cabildeo de distintos grupos en la constituyente de Montecristi en 2008,
con destaque de la presencia de la lucha de los colectivos de mujeres lesbianas ecuatorianas.
- Finalmente la participación política electoral de forma visible de ocho candidatos y candidatas GLBTI para las legislativas del presente periodo, en que fue electa una asambleísta lesbiana alterna, patrocinada por el  Movimiento País, en la provincia de Pichincha.
PAIS CANELA
Información Sobre Diversidad Sexual en Ecuador

14 AÑOS DESPUES DE LA DESPENALIZACION DE LA HOMOSEXUALIDAD EN ECUADOR


EL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2011 SE CUMPLEIRON 14 AÑOS DE LA DESPENALIZACION DE LA HOMOSEXUALIDA EN ECUADOR.

Rememorar este acontecimiento tiene sentido, por cuanto a partir de él se marca un Punto Histórico de partida en la posterior lucha por el reconocimiento de los derechos de la población GLBTI en las leyes de nuestro país.
Lo ocurrido en el año 1997 ha sido presentado como un hito  de lucha por parte de algunas organizaciones y activistas GLBTI del país, sin embargo, es importante recalcar que este hecho no estuvo  libre de homofobia desde su mismo surgimiento.
Cabe recordar que la homosexualidad masculina no se despenalizó porque las autoridades del Tribunal Constitucional (TC) de aquel entonces creyeran plenamente en la libertad de ejercer los derechos sexuales. El argumento homofóbico que se presentó fue que al ser la homosexualidad una enfermedad debía de dejar de ser considerada un delito porque eso evitaría que se propague en las cárceles. En cuanto al lesbianismo, las misóginas leyes de nuestro país ni siquiera lo mencionaban, por lo cual las lesbianas eran plenamente invisibilizadas.
¿Qué se ha logrado en el país a partir de este hecho?
Una ampliación progresiva de derechos. En la Constitución de 1998 se incluyó la no discriminación por orientación sexual como un derecho fundamental.
En el año 2008 la Asamblea Constituyente que elaboró la actual Constitución, volvió a incluir la no discriminación por orientación sexual y gracias a la presión de  organizaciones de personas transgénero y transexuales, se añadió la no discriminación por identidad de género. La unión de hecho entre dos personas sin especificar su sexo, fue otro logro además de una redefinición del concepto de familia.
Este avance legal no ha significado necesariamente una transformación de patrones socios culturales patriarcales y homofóbicos que subyacen dentro de las mismas instituciones del Estado. Catorce años son un periodo de tiempo que requiere ser evaluado y analizado con más criticidad para daros cuenta que las leyes que un Estado establezca, no son la panacea absoluta contra el odio que aún mantienen diversos sectores de la sociedad hacia la población GLBTI. La Tarea es ardua y el camino aún es largo para lograr la inclusión plena de todas las personas sexualmente diversas.
Por Frenando Sancho
Investigador Social
Tomado de la revista MAX – El Lugar sin Limites.
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