CRONOLOGIA SOBRE LEYES A FAVOR DE LA DIVERSIDAD SEXUAL EN ECUADOR
1997. El Tribunal de Garantías Constitucionales despenalizó la homosexualidad del Código Penal ecuatoriano, al declarar la inconstitucionalidad del segundo inciso del artículo 516, que penalizaba la homosexualidad.
1998. La Asamblea Constitucional de Sangolquí, redactó y aprobó el artículo 23 sobre los Derechos y Garantías, en la cual el Estado garantizaba la no discriminación por orientación sexual, entre otros aspectos. Sin embargo, durante los 10 siguientes años, el Congreso Nacional no legislo sobre el tema.
En Febrero del 2008 y basado en la Constitución de 1998, el Municipio de Quito aprobó y expidió la ordenanza Metropolitana # 240 de Inclusión de la diversidad sexual GLBT
en las políticas del Distrito Metropolitano de Quito
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En 2008, la Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi incluyó alrededor de 40 a artículos referentes a garantía sin discriminación e igualdad de los cuales se destacan:
El artículo 11 numeral 2 del Capítulo de Derechos expone que nadie podrá ser discriminado por su identidad de género, orientación sexual y portar VIH, entre otros aspectos
El artículo 66, numeral 4, sobre el derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación; numeral 9 sobre el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre la sexualidad, la vida y la orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios necesarios para que estas decisiones se den en condiciones seguras.
El artículo 67, en que el Estado reconoce a la familia en sus diversos tipos. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes. Esto a pesar de que , en su segundo párrafo, discrimina el tema de los matrimonios, restringiéndolos a un derecho solo de heterosexuales.
El articulo 68 manifiesta que: “La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio”. Circunstancia que fue parte de la propuesta de campaña del candidato Rafael Correa en 2006, como también de las organizaciones de mujeres del país. A pesar que en el segundo párrafo del artículo, discrimina el tema de las adopciones, restringiéndolas a un derecho solo de parejas heterosexuales.
En septiembre 28 del 2008, 7 de cada 10 ecuatorianos aprobaron esta Cosntitución garantista, denominada como un Canto a la Vida o la Constitución del Buen vivir “Sumak Kawsay”.
En el año 2009, la Comisión Legistlativa Especial (denominada “Congresillo”) aprobó una reforma al Código Penal Ecuatoriano, en cuyo artículo 445 se penaliza los crímenes de odio, entre los que se incluyen aquellos por homofobia, basándose en la constitución vigente, artículo 11.
El 28 de junio del 2011, el Gobierno Provincial de Guayas, emitió una resolución de antidiscriminación que incluye a los grupos vulnerables por su orientación sexual y que rige para toda la provincia. Se establece la creación de un Consejo de Igualdad, presidido por la vice prefectura y que compromete al Prefecto y Alcaldes/Alcaldesas a que aprueben las ordenanzas respectivas, en no más de 180 días.
La articulación de los colectivos de las personas lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersex ha permitido cambios en los siguientes momentos claves:
- Despenalización de la homosexualidad en 1997, conquista que fue producto del trabajo de una naciente organización de colectivos GLBTI, especialmente de la población trans.
- La inclusión de la no discriminación por orientación sexual en la constitución de 1998, destacándose la gestión de las feministas lesbianas.
- La gestión y cabildeo de distintos grupos en la constituyente de Montecristi en 2008,
con destaque de la presencia de la lucha de los colectivos de mujeres lesbianas ecuatorianas.
con destaque de la presencia de la lucha de los colectivos de mujeres lesbianas ecuatorianas.
- Finalmente la participación política electoral de forma visible de ocho candidatos y candidatas GLBTI para las legislativas del presente periodo, en que fue electa una asambleísta lesbiana alterna, patrocinada por el Movimiento País, en la provincia de Pichincha.
PAIS CANELA
Información Sobre Diversidad Sexual en Ecuador
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